¿TE HAS OPERADO DE LA VISTA Y YA NO NECESITAS GAFAS PARA CONDUCIR? DEBES DE ACTUALIZAR TU CARNET
Si en tu carnet de conducir tienes la obligación de llevar gafas o lentes correctoras (código de restricción .01.06) y te has operado de la vista, debes modificar tu permiso de conducir, aunque no te caduque.
Tras un mes de efectuada cirugía refractiva, deberás hacer un certificado psicotécnico que entregarás en la Jefatura de tráfico y podrás obtener o prorrogar el permiso o licencia, con período de vigencia máximo de un año.
Trascurrido un año desde la fecha de la intervención y a criterio oftalmológico del centro de reconocimientos, la vigencia de tu carnet será ampliada por el tiempo que te corresponde por tu edad.
Conducir sin respetar las restricciones impuestas en los códigos del carnet de conducir es infracción administrativa grave, sancionable con multa de hasta 200 euros.